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Empleados no pueden ser obligados a usar uniformes contrarios a su género

La Corte Constitucional emitió una nueva sentencia con la que garantiza los derechos de las personas transexuales, esta vez en el ámbito laboral. Dice el alto tribunal que no existen razones para que se imponga a un empleado el uso de un uniforme que no quiere.

«No existe una justificación para que el empleador obligue a un trabajador a usar una vestimenta contraria al género con el que realmente se identifica así no coincida con su sexo biológico. De tal forma, el uso del uniforme no es un hecho aislado en la relación laboral sino que materializa el ejercicio de otros derechos, pues como lo ha reconocido esta Corporación ‘la indumentaria y demás aspectos relacionados con la apariencia física construyen la imagen que expresa la propia identidad, razón por la que esas manifestaciones están protegidas por el derecho al libre desarrollo de la personalidad'», se lee.

Se trata de una sentencia que para la directora de la Fundación Grupo de Acción y Apoyo a Personas Trans, Laura Weinstein, toca una de las principales dificultades que tienen para acceder a un empleo formal.

El pronunciamiento lo hizo la Corte al revisar el caso de un empelado que solicitó un cambio de uniforme porque el que tenía hacía evidentes los rasgos femeninos que aún posee y no se sentía cómodo. Esta persona, que laboraba para una casa de compensación, recibió como respuesta que su cédula indicaba sexo femenino y que de cambiarle el uniforme sus compañeros podrían molestarse por no darse un trato igualitario.

Tal petición, dice la directora de la fundación, no se trata de un capricho: «Muchas de las problemáticas que tenemos como personas trans es precisamente el acceso al trabajo y que en estos trabajo se reconozca nuestra identidad. No se trata de imponer cosas sino de entender que las personas trans necesitan construir su identidad».

FUENTE:  http://caracol.com.co

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